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ESPIRITUALIDAD Y COMUNICACIÓN

DECLARACION DE TARATA : “NO A LA CONVEMAR”

CLUB PATRIOTICO PROVINCIAL Y CULTURAL

T A R A T A


“EJEMPLO DE PATRIOTISMO” (1)


Av. Salaverry Nº 3041 –San Isidro- Telf. 266-4605 Cél. 989-634-753 Correo: ligausuariosperu@yahoo.es 

 

DECLARACION DE TARATA : “NO A LA CONVEMAR” 


PEREZ DE CUELLAR Y  BASTARDOS  PROCHILENOS TRAIDORES A LA PATRIA

 

Lima, 6 de Septiembre del 2,012.

 

Patriotas:

      Les adjunto el texto íntegro de la DECLARACION DE TARATA -"En rechazo a la adhesión del Perú a la Convención del Mar" firmada con ocasión de conmemorarse este 1 de septiembre del 2012, el 87º Aniversario de la reincorporación de Tarata al seno de la Patria; así como el escaneo del texto original y la foto de los patriotas firmantes.

 Este sábado 8 de septiembre en el XIII Encuentro de Frentes Regionales, organizaciones sociales, gremiales y populares, a realizarse en CAJAMARCA; presentemos una Moción a fin de declarar al Embajador Javier Perez de Cuellar “TRAIDOR A LA PATRIA A EL , ASI COMO A SUS FELIPILLOS PROCHILENOS”.

 

"LA PATRIA NO SE VENDE, LA PATRIA SE DEFIENDE"

 

Econ. CIRO SILVA PAREDES

Presidente

CLUB PATRIOTICO, PROVINCIAL Y CULTURAL TARATA

Tarata: Ejemplo de Patriotismo

Cel. 989 634 753

Tlf. 266 4605

Correo: ligausuariosperu@yahoo.es

 

(1)   Tarata, mediante Ley Nº 294316, promulgada el 2 de octubre del 2009, por su patriotismo, amor y fidelidad demostrados al Perú, ha sido declarada: EJEMPLO DE PATRIOTISMO, por ser la capital de la victoriosa Resistencia Patriótica, que duro más de 45 años y que supo mantener incólume y altiva, sus principios y valores de amor, perseverancia, fidelidad, de honor y legitima lealtad; y que en Abril del presente año ha condecorado con la Medalla TARATA: “EJEMPLO DE PATRIOTISMO” a nuestros Héroes Comandos Chavín de Huantar. 

 



 

ACTA DE TARATA 

 

EN RECHAZO A LA ADHESION DEL PERU A LA CONVENCION DEL MAR

 

          Teniendo en consideración que desde hace años venimos escuchando a los traidores a la Patria; los cuales nos han dicho en todos los idiomas, de que la delimitación marítima con Chile requiere ‘necesariamente’ de la adhesión del Perú a la Convención del Mar; y ante la cercanía  de la fase oral  en La Haya, y donde a Chile no les llegan noticias, sobre la adhesión del Perú; los abajo firmantes rechazamos categóricamente, en un acto patriótico de dignidad y soberanía nacional, la adhesión del Perú a la Convención del Mar, basados en los argumentos jurídicos sustentados magistralmente por  la Comisión Patriótica para la Defensa del Mar de Grau, cuyo fundador el Dr. Julio Vargas Prada puntualizó en los siguientes términos:

 

 La Convención establece el siguiente “Considerando”: “CON EL DEBIDO RESPETO A LA SOBERANÍA DE TODOS LOS ESTADOS”. Pero en su art. 3º concede al Estado ribereño “ESTABLECER LA ANCHURA DE SU MAR TERRITORIAL HASTA UN LÍMITE DE 12 MILLAS MARINAS”. Ciertamente no respeta, como lo prometió, la soberanía del Perú.

 

 Tampoco respeta el dominio y la jurisdicción del Perú sobre las 200 millas marinas de su mar. Las potestades del Estado son tres: propiedad, gobierno y legislación. En otras palabras, dominio, soberanía y jurisdicción. Estas tres potestades componen la figura jurídica conocida en algunos países como Mar Territorial. Y todas están señaladas en el art. 98 de la Constitución: (de 1979): “En su dominio marítimo el Perú ejerce soberanía y jurisdicción”.

 

 Actualmente el Perú ejerce dichas potestades en todo su territorio, inclusive las 200 millas marinas del Mar de Grau. Sin embargo, la Convención establece en su art. 2º, inc.3º que “LA SOBERANIA SOBRE EL MAR TERRITORIAL SE EJERCE CON ARREGLO A ESTA CONVENCION Y OTRAS NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL”. ¿En qué parte del mar tendría entonces aplicación la Constitución peruana? ¡Ni siquiera en las 12 millas! Esto hace a la Convención absolutamente incompatible con la ley fundamental del Perú.

 

 El art. 101 de la Constitución (de 1979) establece que “En caso de conflicto entre el tratado y la ley, prevalece el primero”. Pero tal dispositivo solo tiene aplicación para asuntos controvertibles. La integridad territorial pertenece “a la esfera de lo no controvertible” (Víctor Andrés Belaúnde) Y añade: “No existen principios filosóficos ni principios contractuales que permitan una revisión de la estructura orgánica de los Estados (…). Sería ilógico y monstruoso discutir la legitimidad de su formación, el valor de su constitución y la nacionalidad de los elementos que la constituyen”. Esta fue la valiosa posición doctrinaria del Perú frente a las pretensiones del Ecuador. No podemos modificar esta insuperable posición jurídica que garantiza la integridad de nuestro territorio.

 
5º La Zona Económica Exclusiva (ZEE) está definida por la Convención en su art. 55: “ES UN AREA SITUADA MAS ALLÁ DEL MAR TERRITORIAL… SUJETA AL REGIMEN JURIDICO ESTABLECIDO EN ESTA PARTE, DE ACUERDO CON EL CUAL LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ESTADO RIBEREÑO (Perú) Y LOS DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS DEMAS ESTADOS SE RIGEN POR LAS DISPOSICIONES DE ESTA CONVENCIÓN”. ¿Actualmente es así? No. Los derechos, etc., se rigen por la ley peruana en las 200 millas marinas. El art. 58 ahonda el problema. EN LA ZEE TODOS LOS ESTADOS GOZAN DE LAS LIBERTADES DEL ¡ALTAMAR!


6º Adherirse a la Convención implicaría, según José Luis Bustamante y Rivero, “típica mutilación territorial” y “grave delito contra el Estado”. Ese delito tiene un nombre: ¡traición a la patria!. Y se prueba con el hecho que quebranta el juramento de ley, cumplir y hacer cumplir las leyes, la principal de las cuales es la Constitución.

 

 La ley de leyes del Perú (de 1979) tiene dispositivos que preservan el derecho de conservación, derecho que para Alberto Ulloa Sotomayor es el principal de todos los del Estado. Art. 275: “Las Fuerzas Armadas… tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, soberanía e integridad territorial de la República”. Art. 273: “El Presidente de la República es el Jefe Supremo de las FF.AA.”. Son sus obligaciones (Art.211, inc.18) “Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, la integridad del territorio y la soberanía en caso de agresión”. El Art. 210 es una infaltable advertencia en todas las Constituciones y se refiere a “traición a la patria”. La responsabilidad d del Canciller es la misma si refrenda el error. Y, de acuerdo con el Art. 221: Todos los ministros” son solidariamente responsables a no ser que renuncien inmediatamente. Además hay que tener en cuenta el art. 289 del Código Penal. Y el art. 78 del Código de Justicia Militar; “Comete delito de traición a la patria todo peruano, (…) que atenta deliberadamente en cualquier forma contra la integridad de la República en tiempo de paz…”

 

 La Convención incurre en graves errores:


A. Aprobaciones por consenso: El término no es jurídico sino sociológico. Significa ausencia de toda objeción formal. Los Estados votan. El consenso es inaceptable.


B. Soluciones de equidad: Cuando el Ecuador planteó solución de equidad, el Perú opuso solución jurídica. “Ningún instrumento jurídico del derecho general americano establece para los Estados la obligación de aceptar soluciones de equidad” (Víctor Andrés Belaúnde). Sería absurdo cambiar de doctrina contrariando los altos intereses nacionales. “Es un principio de Derecho Internacional que ninguna nación puede rechazar las reglas de que se ha servido en sus controversias con otras” (Mariano F. Paz Soldán).


C. Prohibición de reservas: La Convención pretende impedir las reservas, recurso lícito por el cual un Estado deja a salvo su derecho frente a la mayoría. El Perú no podría dejar a salvo la anchura de su mar territorial de 200 millas marinas.

 

 En materia de enmiendas, la Convención hace ilusorio el derecho a las mismas, al exigir el 50% de apoyo para su simple admisión a debate. Y en caso de enmienda simplificada basta que un Estado se oponga para que el pedido sea rechazado.

 

10º La denuncia de la Convención no afectará “a ningún derecho”, obligación ó situación jurídica de ese Estado, creados por la Convención” (Art. 317). No es cierto que el Perú recobraría sus 200 millas marinas. Además, toda cesión de territorio es irreversible.


Firmado, en la sede del Club Departamental Tacna, sito en la Av. Salaverry 3041 – San Isidro, ciudad de Lima, al conmemorarse el 87º Aniversario de la Reincorporación de la heroica provincia de Tarata al seno de la Patria.

 

 1º Septiembre 2012. 

Econ. CIRO SILVA PAREDES
Cel. 989 634 753
Tlf. 266 4605
Correo: ligausuariosperu@yahoo.es

Julio:

   Me parece de suma importancia el coreo que me reenvias.  Con la misma voluntad  de los muchos peruanos que tenemos impregnados el sentimiento patriótico me permito reenviar  a mis  contactos, en tanto  es congruente y  consecuentes con la advertencia    precisada  en mi libro : Perú: Seguridad en Rojo y las consecuencias de una antipatriotica adhesión  del Perú a la Convención del Mar 
  Dentro de este contexto, les sugiero revisar el Prefacio de  mi obra ( Pag. 16, 17 y siguientes); la internalizacion de los mercados no garantizan la  seguridad (115 a 125)  y  el Código de Justicia Militar (460 y siguientes.); me  parece que la estupidez política no debe ni puede llegar  a estos extremos si nosotros  nos anticipamos e impedimos a que estos mismos  políticos hagan lo que ya hicieron con la suscripción de Tratados, regalandole en el siglo pasado,  a Colombia,  una vasta extensión  territorial. Con estos tratados no hacen sino dejar sino colocarnos  en la indefension  de nuestra dignidad como peruanos.
  Por lo demás, mi libro sigue  siendo una semilla sobre el cual tenemos que abonar los peruanos de buena fe.  Por ello es que los que tienen el poder político, con Castilla  y ahora Ollanta,  pretenden colocarse  a buen recaudo  de la  figura de traición a la Patria; en la misma medida, no sé  hasta cuando debemos de  continuar  con la indiferencia.
  Un abrazo
  Paulo Mauro Retamozo Giordano
Promoción BGC 71-Bernardo Balaguer Morales
Para quienes estén interesados en mi obra y a partir de ello  incorporarse en el debate del tema de Seguridad, que pone en peligro al Peú, este  se encuentra a vuestra  DISPOSICION  en La International Police Association ( IPA-sede Perú); en ACENESPAR-BGC ( sede Camacho-SURCO) y en ANOPER ( CUYO LOCAL SE ENCUENTRAN COMPARTIENDO CON LA MISMA IPA, EN MAGDALENA). VALOR DE LA DONACION, 20 NUEVOS SOLES, AL MISMO  VALOR QUE LE PUEDA RESULTAR DE UNA COPIA PIRATA.     

Comandante. Julio Cesar del Carpio

Visita mi blog: http://trincheradepatriotas.com

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