CARETAS 13/12/12: Último Coletazo en La Haya
Justicia
Último Coletazo en La Haya
García Belaunde y Wagner, quien se refirió al único pendiente “que arroja una gran sombra”. |
La tensión se disolvió durante la cena que el embajador Allan Wagner ofreció esta semana al equipo peruano en su residencia de La Haya.
Allain Pellet reconoció que la historia había cambiado significativamente desde que el coagente José Antonio García Belaunde lo contactó en marzo del año 2007.
Por entonces, recordó el francés, veía un caso que se presentaba cuesta arriba. Pero la larga investigación permitió construir una sólida argumentación que acaba de ser finalmente expuesta ante la Corte Internacional de Justicia.
El estadounidense Rodman Bundy declamó un poema sobre el juicio que despertó las carcajadas de la mesa.
No se ha podido establecer el contenido exacto, pero es probable que las ballenas nadaran entre sus líneas.
La lógica a la que se refirió Pellet se resumía en convencer al tribunal más importante del mundo que la protección de los gigantescos cetáceos y los demás recursos marinos fue lo que animó al Perú, Chile y Ecuador a firmar las declaraciones de 1952 y 1954. No definir límites marítimos.
Más que de simple optimismo, el ambiente que reina en los cuarteles generales de Torre Tagle en la ciudad holandesa es la sensación de la misión cumplida.
La Pregunta de Bennouna
La semana se había movido con la pregunta que sorpresivamente formuló el juez marroquí Mohamed Bennouna a los dos países: “¿Consideran ustedes, en tanto signatarios de la Declaración de Santiago en 1952, que podían en esa fecha, conforme al derecho internacional general, proclamar y delimitar una zona marítima de soberanía y jurisdicción exclusivas sobre el mar que baña las costas de sus respectivos países hasta una distancia mínima de 200 millas marinas desde las referidas costas?”.A oídos peruanos, la interrogante parecía evidenciar el peso de la pesca en el razonamiento de la Corte.
El abogado del Perú, Tullio Treves, repasó el martes el contexto de ese documento.
Adujo que los tres países eran conscientes de la incompatibilidad de fondo, que se evidenció con las protestas de las potencias de la época (ver nota aparte).
“A la luz de esto, la conclusión de un acuerdo relativo a la delimitación de una zona de este tipo es difícilmente imaginable (…) Por ello, en 1952, no hubieran podido, de conformidad con el derecho general internacional, delimitar una zona marítima de soberanía y jurisdicción exclusiva del mar con una distancia de 200 millas marítimas”, señaló.
Para el viernes 14 se espera la respuesta de Chile. La de Treves recuerda que en la historia unas son de cal y otras de arena.
El documento del 52 fue negociado con fines prácticos, para defender los recursos marítimos depredados por esas mismas potencias. A la larga, sería un instrumento fundacional para entender lo que hoy conocemos como Zona Económica Exclusiva.
Pero en ese momento no respondía a los instrumentos del derecho internacional. Si la respuesta de Treves sigue el hilo de la pregunta del juez, si la Declaración de Santiago no podía ser efectiva en imponer la soberanía tripartita en las 200 millas, mucho menos podía establecer límites en un paralelo indefinido, a través de la implementación de una medida práctica para evitar líos entre pescadores.
Tratado, pero no de límites
La Declaración de Santiago volvió a ser el eje de las intervenciones. La última que tuvo Pellet también respondió a algunos de los principales argumentos chilenos.Uno de los más insistentes era el de una supuesta doble vara.
Pierre-Marie Dupuy, abogado de Chile, rompió fuegos al decir que “Perú no ha eliminado la dualidad de sus tesis respecto de la Declaración de Santiago, que a veces se concibe como una declaración política y otras veces se utiliza como el fundamento jurídico de sus pretensiones”. Acusó un cambio de argumentos “a paso de tango”.
James Crawford añadió que “según Perú no existe zona fronteriza porque no hay frontera. En sus alegatos, Perú dice que de haber delimitación en 1952, dicho acuerdo se refería a Perú y Ecuador”.
La defensa chilena sostuvo que el Perú se servía de la Declaración de Santiago para hacer valer sus derechos sobre el llamado “triángulo exterior” que forma parte de la proyección de las 200 millas, y que el país del sur reivindica insólitamente como “alta mar presencial”.
“La Declaración de 1952 es un tratado, con esto le evito a Marie Dupuy otro alegato inútil”, zanjó Pellet. “Pero no es un acuerdo de delimitación. Uno no espera 21 años para registrar un tratado de límites ante Naciones Unidas”.
“Chile, Perú y Ecuador, de forma conjunta, inscribieron la Declaración de Santiago ante las Naciones Unidas con una carta el 3 de diciembre de 1973, inscripción que es incómoda para el Perú, por lo que en su réplica dice que respondía a un deseo de reforzar el peso político de la Declaración en el contexto de las duras negociaciones por las 200 millas”, había subrayado Dupuy.
Negociaciones que, casi 10 años después, terminarían con la Convención del Mar que consagró para el mundo la tesis de las 200 millas.
La Declaración de 1954, de otro lado, demoró 50 años en ser presentada por Chile a la ONU (ver nota sobre Onassis).
Ese y otros fueron puntos tocados el martes por Sir Michael Wood para demostrar la poca consistencia de la práctica chilena en torno a los supuestos límites. El británico reiteró que la narrativa chilena sobre la existencia de límites se escribe a partir de la presentación del memorando del embajador Juan Miguel Bákula en 1986 (CARETAS 2261).
Wagner remachó en el cierre que el “silencio” peruano no fue tal.
Tras la presentación del memorando continuaron las negociaciones para ejecutar los acuerdos de 1929, que determinaban los límites terrestres. La llamada Convención de Lima de 1993 no fue ratificada por el Congreso peruano y el país se enfrascó dos años después en el conflicto con Ecuador. Recién en 1999 se firmó el protocolo para ejecutar las cláusulas pendientes del 29.
“Los límites de tierra preceden a los del mar”, reflexiona un miembro del equipo. “Un Estado serio tiene prioridades”.
La cronología no miente. Chile depositó sus cartas náuticas en Naciones Unidas en septiembre del 2000 y cuatro meses después el Perú formalizó mediante carta su no reconocimiento del paralelo como límite.
Ecuador y el Hito 1
Wagner también se dedicó a rebatir la estrategia chilena de “introducir dudas respecto de la conducta del Ecuador”.Dupuy había sido quien dijo que “hubiese sido concebible que Ecuador participara (en el juicio)”. Criticó que el Perú había “intentado borrar del mapa” la negada diferencia marítima con el país del norte. “Perú se debate entre los deseos de satisfacer las exigencias de Ecuador y su voluntad de oponerse a Chile”, dijo. Consideró que la carta náutica publicada por el gobierno de Rafael Correa era una “real provocación” al Perú que, a pesar de ello, dijo, “no hizo nada”.
Pero lo que hizo el gobierno de Alan García fue negociar límites marítimos que dejaban fuera de juego la Declaración de Santiago, con los mapas y las especificaciones técnicas de los que esta adolece completamente.
Así, replicó Bundy, la frontera está “marcada por el canje de notas del 2011 y no la Declaración de 1952”. El jurista también recordó la muy reciente delimitación de aguas interiores del Golfo de Guayaquil (CARETAS 2260).
Bundy volvió a un punto muy sensible para Chile. Recordó que en la Declaración de Santiago “no se hace mención alguna del Hito 1 ni el paralelo que lo atraviese”.
La insistencia de ese país en que el límite marítimo comienza en ese hito –más de 200 metros playa adentro, en pleno territorio peruano, y no en el Punto Concordia de la orilla, como lo estipulan los documentos del 29 confirmados por la comisión mixta del año siguiente– “le quitan a Chile un soporte principal” en palabras de un integrante del equipo.
¿Cómo van a aludir sino a un hito no mencionado en la Declaración? ¿Y entonces por qué el paralelo comenzaría allí y no en cualquier otro punto?
De nuevo, Bundy destacó que las menciones al hito recién aparecen con la construcción de los dos faros de enfilación en 1968, “destinados a resolver un problema práctico: evitar incidentes entre los pescadores artesanales”.
Pelos y Señales
La esgrima jurídica de las últimas dos semanas pasó a los sablazos del siglo XXI.Y sus términos se alejaron velozmente de las pelucas blancas, las togas y las corbatas de lazos que aparecen en la sala de audiencias de la Corte, como un solemne recordatorio de lo que está en juego.
La jerga fue gatillada por el australiano James Crawford, abogado de Chile, que acusó al Estado demandante de ocultar información sobre las actas preparatorias de la conferencia de 1954 donde, según la defensa de ese país, se discutió la necesidad de fijar límites marítimos.
“En la biblioteca del Congreso del Perú nos han dicho que las actas literales no están. Alguien puso la tecla suprimir. Perú utiliza la tecla de eliminar en vez de razonamientos”.
Bundy respondió el martes:
“Chile descubrió una tecla insertar, al añadir una frontera marítima en el paralelo de latitud”.
Más contemporáneo, Pellet volvió a la carga cuando resumió la posición chilena en el trino de un pajarito.
“Por descuido, Perú abandonó en 1952 derechos en zonas marítimas de los que no disponía todavía y por los que ahora no puede reclamar. Fin de este tuit”.
El catedrático de Nanterre enfiló sus baterías contra la interpretación chilena de la Convención de Viena sobre el derecho de los tratados.
Luigi Condorelli, abogado chileno, refirió que las minutas de las actas preliminares a las que aludió Crawford, donde habría menciones pasajeras de límites por parte de los delegados nacionales, demostraban que la Declaración “fue una delimitación definitiva”.
Pellet ironizó sobre “las vigorosas manifestaciones” del italiano.
“Ahora yo te asusto con la Convención, querido Luigi”, retrucó luego de subrayar que una delimitación “utiliza mapas, reproduce fronteras y se describe con pelos y señales”.
Otra interesante crítica a la minucia como estrategia provino de Pablo Jofré Leal, de Radio Universidad de Chile. En artículo publicado el martes 12, donde alude a “la peor pesadilla de La Moneda” en caso de un fallo adverso, apunta que por el contrario de “la argumentación de juristas, políticos y cuanto analista chileno comenta el caso con Perú”, los juristas de la Corte alcanzan el vuelo necesario para regular las relaciones entre Estados bajo el ya conocido paraguas de la equidad, lo que “les da un carácter mucho más amplio que la asepsia de presentarlos casi como “leguleyos” sin visión de otras aristas que suelen mover estos contenciosos”.
Las cartas, pues, ya fueron todas echadas. En seis meses se sabrá el final del juego.
“Mejor no lo pudimos hacer”, concluye un diplomático entre bostezos al filo de la medianoche europea, horas después de la última intervención peruana del martes 11. “Impecable por donde lo mires. Y si no ganamos, será porque definitivamente no teníamos un caso”.
No es la Línea, Lira
En carta enviada al diario El Mercurio, el embajador chileno en Ecuador, Juan Pablo Lira, alude a “algunos zigzag de la política exterior peruana” y considera una “ingeniosa iniciativa” la demanda del Perú para establecer una línea equidistante. Menciona entre los ejemplos de paralelo como límite marítimo el trazado entre Colombia y Panamá.
Historia
1954: El Caso Onassis
Seguro del magnate griego debió pagar US$ 3 millones para recuperar sus naves. Se trataba de Lloyd’s. |
Las aguas estaban movidas en 1954. Dos años habían pasado desde que Perú, Ecuador y Chile acordaron en la Conferencia tripartita de Santiago en 1952, defender conjuntamente la tesis de las 200 millas de soberanía marítima. Pese a ello, buques de todas las nacionalidades continuaron pescando todo tipo de especies, principalmente ballena y atún.Fue así que en el 17 de noviembre de 1954 una flota de buques de propiedad del multimillonario Aristóteles Onassis fue descubierta dentro de las 200 millas peruanas en la costa norte del país.
La Marina de Guerra y la Fuerza Aérea Naval del Perú lograron la captura del “Olympic Challenger” y otras cuatro naves. La nave tenía bandera panameña, aunque, en realidad, se trataba de una transnacional depredadora. Menos de dos semanas después se inició en Lima, la II Conferencia sobre Explotación y Conservación de las Riquezas Marítimas del Pacífico Sur que buscaba ratificar la Declaración de Santiago de 1952.
En esas circunstancias se realizó en nuestra capital entre 1 y 4 de diciembre de 1954 este nuevo encuentro tripartito entre Perú, Ecuador y Chile.
Los antecedentes encontrados tanto en documentos oficiales, actas preparatorias, como en los archivos periodísticos, revelan que no se trata de una discusión de límites marítimos.
La Conferencia de Lima de 1954 se produjo como recomendación expresa de la primera reunión de la Comisión Permanente del Pacífico Sur (CPPS) –organismo técnico creado por los tres países en 1952–, la misma que se realizó en Santiago de Chile, el 8 de octubre de 1954.
El objeto de las conferencias era “estudiar y resolver los problemas que dicen en relación con la explotación y conservación de las riquezas marítimas del Pacífico Sur”. Pero las comisiones jurídica, económica y administrativa avanzaron de tal forma en la elaboración de los documentos, que consideraron que habían excedido sus propias facultades y era necesario realizar una conferencia a nivel de altos representantes de los tres gobiernos.
La cobertura de prensa
Es interesante anotar cómo por aquel entonces no existía la interpretación que hoy Chile presenta como argumento jurídico en La Haya; es decir, que los tratados de 1952 y 1954 son instrumentos jurídicos que norman la frontera marítima entre Perú y Chile.El aspecto que más destacó, por ejemplo, El Mercurio de Chile de la época fue la caza furtiva de cetáceos.
En su edición del viernes 8 de octubre de 1954, El Mercurio titula: “Bases de Acuerdo para Conceder a Panamá Permiso de Caza de Ballenas”. La nota destaca la solicitud de Panamá para operar en aguas territoriales de Chile, Perú y Ecuador en busca del preciado mamífero marino.
Al día siguiente, 9 de octubre, la nota de cierre de El Mercurio no deja dudas sobre cuáles eran las principales preocupaciones: “Chile, Perú y Ecuador Fijaron Normas para la Protección de sus Mares Territoriales”.
La nota desarrolla los temas acordados: aprobación de un sistema legal de sanciones por infracciones que cometen naves extranjeras sorprendidas en actividades de pesca y caza; prohibición y establecimiento de multas a los reincidentes; otorgamiento de permisos especiales y reglamentación de medidas de vigilancia y control de las respectivas zonas marítimas; y la adopción de medidas legislativas “para la protección y fomento de las industrias pesqueras y balleneras por medio de franquicias tributarias, cambiarias, crediticias y comerciales, para llegar a la formación de una gran industria”.
¿Límite marítimo o terrestre?
En apenas un párrafo se menciona que “se recomienda el establecimiento de una zona neutral marítima entre los países pactantes. Tendrá 10 millas a cada lado del límite territorial, y comenzará a 12 millas de la costa hasta el límite de las 200 millas”.Este párrafo es interesante porque difiere de lo que dos meses después –el 4 de diciembre de 1954–, se aprobaría en Lima. El término “Zona Neutral” usado en El Mercurio cambia en la Declaración final del 54 por el de “Zona Especial”, en tanto que el término “límite territorial” de la nota periodística muta por el de “límite marítimo” de la Declaración. Obsérvese que el párrafo de El Mercurio no dice nada respecto al “paralelo” que aparece en la Declaración del 54.
Esto podría reforzar la tesis del embajador Manuel Rodríguez Cuadros, quien en su libro “Delimitación Marítima con Equidad. El Caso de Perú y Chile”, sostiene que el argumento esgrimido por Chile –en el sentido que la Declaración de 1954 señala taxativamente que el “paralelo constituye el límite marítimo entre los dos países”–, debe leerse teniendo como antecedente la discusión técnica de la Primera Reunión de la Comisión Permanente del Pacífico Sur –esta que refiere El Mercurio–, realizada en octubre de 1954.
En efecto, en aquella reunión, el texto primigenio propone “crear una zona neutral a partir de las doce millas marinas de la costa, de 10 millas marinas de ancho a cada lado del paralelo que pasa por el punto de las costas que señala el límite entre los dos países”.
Ese “Punto de las costas” de las actas de la reunión de octubre coincide con la versión recogida en El Mercurio que precisa que esa zona neutral “tendrá 10 millas a cada lado del límite territorial”. No existe aquí referencia directa al límite marítimo. La palabra límite –como interpreta Rodríguez Cuadros en su libro–, “hace referencia de manera inequívoca al límite terrestre”. La redacción de El Mercurio corrobora su versión.
Así las cosas, el miércoles 1 de diciembre de 1954 empezó la reunión tripartita en Lima.
El Comercio dio cuenta de la actividad en la página 3: “Plenipotenciarios de Perú, Chile y Ecuador inician hoy reunión de la Comisión Permanente. Se ratificarán convenios acordados en la reunión de Santiago de Chile”. El diario La Prensa le dio portada al día siguiente: “Es inaugurada Conferencia del Pacífico Sur. Verá defensa de la riqueza del océano”.
No hubo un titular, noticia interior o comentario editorial que presentara algún de límites marítimos. “Ratificóse el Convenio Tripartito sobre la soberanía marítima en la zona de las 200 millas”, señaló El Comercio al término de la jornada. Bajada: sistema de sanciones, medidas de vigilancia y control, otorgamiento de permisos y creación de una zona especial fronteriza marítima. “Perú, Chile y Ecuador Suscriben la Defensa de 200 Millas Marinas”, tituló, por su parte, el diario La Prensa. Y de sobretítulo: “Defensa contra la Piratería”.
El caso Onassis entró, igualmente, a su desenlace.
A las once de la mañana del 12 de diciembre de 1954 llegó a la Caja de Depósitos y Consignaciones el abogado del magnate, Roberto Alemán, y un representante de Lloyd’s. Entregaron un cheque de 3 millones de dólares (57 millones de soles, al cambio) y no declararon a la prensa.
Fue un triunfo internacional del Perú, Ecuador y Chile en la defensa mundial de la tesis primigenia de las 200 millas. No había duda, por entonces, a qué se referían los tratados del 52 y 54. Estaba clarísimo que eran para defenderse conjuntamente de la pesca pirata en los mares del Pacífico Sur... Y vaya que pescaron uno grande. (Escribe: Luis Alberto Chávez)
Justicia
Pegándose la Gran Vida En Casa Ajena
Abogado Rodolfo Orellana convierte albergue usurpado a la Fundación por los Niños del Perú en su residencia cinco estrellas.
Las fotografías que abren este reportaje muestran a familiares del abogado Rodolfo Orellana disfrutando de la casa de campo de 17,311 metros cuadrados que le fue usurpada a la Fundación por los Niños del Perú, en 2010. Aparecen en las imágenes Carolina Schaus, suegra de Orellana; su cuñado Edgardo Morales Schaus y un sobrino llamado Maycol.
Se trata de la madre, el hermano y el sobrino de Ester Morales Schaus, esposa y socia de Orellana (CARETAS 2364).
La residencia situada en la urbanización Los Cóndores, en Chaclacayo, le fue arrebatada ilegalmente a la Fundación por los Niños del Perú por la empresa Brida Industrial S.A.C.
Orellana niega estar vinculado a Brida Industrial S.A.C. y haberse apropiado del albergue, pero las fotografías valen mas que mil palabras.
El lugar fue inicialmente concebido como un hotel con 22 búngalos y piscina. Durante el primer gobierno de Alan García, la primera dama Pilar Nores donó la residencia a la Fundación para instalar allí un Wawa Wasi para los niños más pobres del país.
En junio del 2009, el entonces gerente de la Fundación, Luis Mendieta, alquiló la casa a Brida Industrial S.A.C.
El representante de la compañía, Wilmer Arrieta, incluyó en el contrato una cláusula según la cual debía reconocerse a la empresa por las mejoras que se hicieran en el local.
Fue la llave del engaño.
A fines del 2010, Brida exigió un reembolso de US$ 387,976 por obras que alegó había realizado en la mansión. La Fundación lo rechazó. En agosto del 2011, la compañía solicitó un arbitraje al Colegio de Abogados de Lima (CAL) y así logró hacerse del Wawa Wasi.
Se trata, por cierto, del mismo modus operandi que hiló esta telaraña para apropiarse de una segunda residencia de la Fundación por los Niños del Perú, en Surco (CARETAS 2261).
LA BATALLA LEGAL
La Fundación denunció irregularidades en el proceso de arbitraje y el CAL separó al tribunal que falló a favor de Orellana.
Ocurre que el presidente de dicho tribunal de arbitraje, Alberto Vásquez, había sido captado por la telaraña, según la Fundación.
Desde septiembre del 2011, la abogada de la Fundación en esta batalla legal es Lourdes Flores Nano. Cuando ATV publicó el llamado ‘Informe Lorito’, en enero de este año, ella ya tenía este caso.
Ese documento, atribuido a la Dirección de Inteligencia del Ministerio del Interior (Digimin), señala a Orellana como presunto autor de un presunto espionaje telefónico a Flores Nano.
“No me pareció descabellado lo de Lorito, pero perdió peso. La Policía no avanza en la investigación”, dijo Flores a CARETAS.
Con el arbitraje en el limbo, Flores Nano entabló una demanda de desalojo contra Brida, a fines de septiembre pasado. En octubre, el Juzgado Especializado Civil del Cono Este lo admitió a trámite.
La gerente de la Fundación, Fabiola Pasapera, aguarda la ejecución de la demanda. “Orellana y su familia pueden seguir disfrutando del albergue”, advirtió. “Pero no por mucho tiempo”. (David Pereda Z.)
COMPARTE: ALFONSO CALDERON OTOYA saratoga_1915@hotmail.com
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