MARÍA NATIVIDAD SILES- Por Efraín Choque Alanoca
MARÍA NATIVIDAD SILES
Efrain Choque Alanoca
No tenemos una preocupación ostensiva por la microbiografía o los relatos apologéticos respecto a determinados personajes históricos, al estilo de la vieja historia tradicional. Nos interesa más bien el análisis del personaje en el contexto histórico, para comprender su actuación en el proceso coyuntural y estructural.
Al abordar el presente artículo, respecto de algunos pasajes de la vida de María Siles, esposa del líder criollo Francisco Antonio de Zela, compartimos también, una idea expresada sobre el particular, por Rómulo Cúneo-Vidal; en el sentido, “que el historiador se inclina con respeto ante la memoria de la Infortunada mujer que con aquél compartió los trances de la conspiración, las alegrías de un efímero triunfo, la desesperación del vencimiento y, más tarde, un largo e ignorado martirio de esposa y de madre.”
María de Siles –como solía firmar en sus escritos- nació en Tacna, siendo sus padres don Pedro Siles y Brusel, y doña María Antonia Antequera y Laso de la Vega. Falleció también en la misma población que la viera nacer un 4 de febrero de 1852, a los 74 años de edad .
Firma de Maria Natividad Siles en un expediente judicial.
La familia de la cual procede María de la Natividad Siles, estuvo vinculada a la arriería, la gran propiedad agrícola y el comercio hacia el Alto Perú. Respecto a dicha organización familiar dice Seiner: “(…) fue cabeza (de familia) su abuelo Diego Siles, una de las más importantes personalidades financieras de Tacna en la segunda mitad del siglo XVIII. Su caso es particular y atractivo; durante casi cuatro décadas que radicó en Tacna, que corren desde su arribo en 1750 hasta su muerte en 1789, Siles fue consolidando un respetable poder económico basado en el comercio que ejercía con el Alto Perú y en las crecidas sumas que percibía como producto del préstamo de dinero a una elevada tasa de interés. Sus deudores fueron muchos; tanto fue el interés que cobró por sus préstamos y tanto su arrepentimiento que mandó en sus disposiciones testamentarias se devolviese el excedente que sus deudores habían abonado. Compró tierras en Tacna y alrededores; vendió esclavos y negoció con predios urbanos. Paulatinamente los bienes se acumulaban y acrecentaban el patrimonio gracias a la habilidad de don Diego para con los negocios. A su muerte, la cuantiosa masa hereditaria legada a sus familiares ascendía a poco más de 200,000 pesos, según cálculo de Gálvez. Los únicos y universales herederos reconocidos por Siles fueron sus 5 nietos, hijos del matrimonio de Pedro, su único hijo varón legítimo, con María Antonia Antequera. Estos fueron los que andando el tiempo resultaron ser cuñados del prócer. Sus nombres los proporciona Gálvez: Juan Bautista, María Flora, José Agustín y Josef. Este último fue con quien Francisco gestó y conservó las más sólidas relaciones de parentesco, participando conjuntamente en los sucesos de 1811 y luego de su debelamiento y soportando la común prisión en la Cárcel de Corte de Lima.”
Sin embargo, luego de su posterior ramificación, la familia tomará diversos giros, y la que corresponde a que inició María Natividad junto al joven Francisco Antonio de Zela, tuvo un derrotero desde los días holgado hasta arribar a los de una pobreza solemne, especialmente cuando se iniciaron los duros días de prisión y posterior muerte del caudillo.
Francisco y María Natividad contrajeron nupcias en Tacna el 5 de junio de 1796. Para entonces ya ejercía el empleo de balanzario real. En sus cortos 15 años de matrimonio dieron al mundo 9 hijos, 5 varones y 4 mujeres. María Flora, fue la primogénita, y nació en 1797. A ella le sobrevinieron María Manuela, en 1799; José Santiago, en 1800; Emerenciana, en 1802; José Santos, en 1803; José Manuel, en 1805; José Buenaventura, en 1806; María del Rosario, en 1807; siendo el benjamín Lucas Miguel, que nació en 1810.
Al producirse el matrimonio de Francisco Antonio con María Natividad, esta era 8 años menor que él. La ceremonia se produjo en la Iglesia matriz de Tacna en la fecha arriba señalada y quedó registrada con el tenor siguiente:
"Año del Señor de 1796:
En cinco días del mes de junio, el doctor don Fulgencio de Barrios, con facultad y licencia del licenciado don Marcos Domingo Rubio, encargado de esta doctrina de Tacna, casé inn faccie ecclesiae, por palabras de presente que hacen verdadero matrimonio, y velé según orden de nuestra Santa Madre Iglesia a don Francisco Antonio de Zela, natural de la ciudad de Lima, hijo legítimo de don Alberto de Zela y Neyra, difunto, y de doña María Mercedes de Arizaga, con doña María de la Natividad Siles, oriunda de este pueblo, hija legítima de don Pedro Siles, difunto, y de doña María Antonia de Antequera, habiéndose leído las proclamas en tres días festivos, que lo fueron el 26,29 y 30 de marzo.
"Y, aunque residió impedimento de afinidad ilícita en segundo grado, le fue dispensado por S. Illmo., obispo mi señor, según consta del documento correspondiente; y no resultó otro impedimento de la información y demás diligencias que se practicaron.
"Fueron testigos el coronel don Francisco Navarro, y Lorenzo Ramos, y para que conste lo firmo".
Ya en el marco de la rebelión del 20 de junio de 1811; los difíciles momentos que Zela experimentó al ser apresado violentamente por las fuerzas coloniales por orden del Subdelegado Antonio Rivero, en su inmarcesible domicilio, entre la noche del 24 y el 25 de junio, debieron constituir para María Natividad una prueba mayor de sacrificio, como esposa del líder abatido. Luego vendría, como es sabido, su primera mazmorra en la cárcel pública de Tacna.
Por los años del encierro de Zela ya en Lima y posteriormente Chagres (Panamá) entre 1815-1819, los vínculos familiares se establecieron a través de ciertas misivas, conforme los deudos del mártir refirieron a sus biógrafos (entre ellos a José Belisario Gómez, y Rómulo Cuneo- Vidal).
Antes de acaecer la muerte de Zela (probablemente en 1819), al parecer María Natividad ya se encontraba residiendo en el pueblo de Ilabaya. Y, sin el amparo del esposo añorado, atravesando múltiples angustias económicas. Estas necesidades y apremios llevó a la venta de la casa epónima. Para entonces, como señala Seiner, algunos de sus hijos habían ya alcanzado edad suficiente como para relevar a su madre de seguir contribuyendo a su mantenimiento.
Recibió ayuda es cierto, la esposa del insurgente, de algunos familiares radicados en Lima para afrontar el proceso judicial oneroso; pero también como dice Seiner “y aunque resulte paradójico, del propio gobierno virreinal. La Audiencia expidió un decreto, que no hemos tenido a la vista pero es con frecuencia citado y que podríamos fechar a fines de 1812, por el que se autorizaba a María Natividad recibir la mitad del sueldo que su esposo percibía y que ascendía a 1,100 pesos anuales. Se acordó, además, repartirlos equitativamente entre ella y Manuel Muñoz, novel funcionario que sirvió él puesto de balanzario desde 1813 hasta 1824, en forma ininterrumpida reemplazando al desterrado Zela.”
En realidad no se trataba de un favor o ayuda del gobierno virreinal, como escribe Seiner, sino más bien de un derecho laboral que fue promulgado por la corona española mediante orden real del 23 de diciembre de 1773, y que es “el punto de partida más remoto de lo que hoy se conoce como el régimen de pensiones para servidores civiles del Estado”.
La citada real orden hizo extensivos los beneficios de invalidez, cesantía y jubilación, concedidos en principio solo a los trabajadores del resguardo de Madrid, y luego a todos los servidores - empleados de la corona que hubiesen ejercido la función pública en un lapso de 12 hasta 30 años o más. Efectivamente, mandaba que al haber servido 30 años se le proponga con todo el sueldo que esté disfrutando, si hubiese servido 20 años, por las dos terceras partes, y con 12 años con la mitad del sueldo. Este último caso fue el que se aplicó a Zela como empleado cesante; y por ello se abonó a su esposa desde un principio el 50% del sueldo que percibía en la Caja Real de Tacna.
Durante la república, los gobiernos otorgaron algún reconocimiento pecuniario llamado montepío a través de la resolución legislativa Nº 2670, y la ley 2935 en el sentido que el “premio pecuniario acordado a Antolín de Zela, nieto del Prócer de la Independencia Francisco Antonio de Zela, corresponde a su viuda e hijo.” Posteriormente la Ley 5442 concedió “montepío a las biznietas del Prócer de la Independencia Francisco Antonio de Zela.”
Desde agosto de 1902 las señoritas Martina y Josefa de Zela, sobrinas del prócer de la Patria, don Francisco Antonio de Zela, percibían 50 soles de la tesorería departamental de Tacna libre como subsidio o pensión de gracia. (Archivo Departamental Tacna. Tesorería departamental de Tacna libre. 1902)
En el “Padrón de contribuyentes de las ciudades de Tacna y Arica en 1830”, María Siles, fue registrada radicando en Ilabaya junto a su hija primogénita llamada “Flora Zela, de edad 36 años, viuda: tiene por hijos a Manuel Rospigliosi de edad 13 años, a Antonio de edad de 9, a Mariano de edad de 7, a Mariano de edad 6 y a María Eugenia de edad 1. Su madre Doña María Siles. Su esposo, fallecido don Pedro Antonio Rospigliosi.” . De igual forma ocurrió cuando se levantó el “censo político del distrito de Ylabaya” de 1841.
En la última fase de su vida tuvo que enfrentar dos procesos judiciales con el objeto de mejorar las condiciones de vida de su hogar. El primero, en 1839, referido a la propiedad inmobiliaria que poseía en la antigua calle La Mar; y el segundo la solicitud de pobreza solemne iniciado en 1847.
María Natividad Siles en la fase última de su vida, en representación al óleo.
En el primer proceso impulsado por Maria Natividad Siles el objeto fue el deslinde de una propiedad, ubicada en calle La Mar en la ciudad de Tacna, que tenía colindancia con la de Josefa Mazuelos. La viuda de Zela no pudo lograr su pretensión, pues el alcalde José Santiago Basadre ya había fallado “declarando sin lugar la solicitud de José Santos Zela y que la pared que pretendía era exclusivamente de la pertenencia de los herederos de doña Francisca Barrios” . En el caso presente el juez de la causa confirmó la decisión pasada “por ser la misma que interpuso su hijo don José Santos (…) y se condene por su temeridad en las costas”. A pesar que esta decisión fue apelada, esta finalmente fue confirmada en la Corte Superior de Arequipa en noviembre de 1839. Eran realmente momentos difíciles para María Natividad Siles.
El segundo y último proceso civil se inició el 9 de setiembre de 1847, es decir 5 años antes que le sobreviniera la muerte. Buscaba, en este, María Natividad, la declaratoria de pobreza de solemnidad, como un beneficio para afrontar un largo proceso con los herederos del cacique Toribio Ara.
El recurso solicitado tuvo un final positivo para los intereses de la familia de la pretendiente, pues el juez del caso, dictaminó a su favor. Sin embargo, José Rosa Ara, el primogénito de Toribio Ara, en nombre de los herederos presentó su oposición al recurso esgrimido por la señora María Natividad.
Una lectura atenta de la solicitud de la viuda de Zela permite obtener una idea general de las condiciones de vida que soportaba por esos días: Una dura enfermedad que arrastraba desde años atrás; la exigua ayuda del Estado republicano al que su esposo contribuyó con su esfuerzo y vida; la avanzada edad y su responsabilidad en la subsistencia de su basta familia; y finalmente la falta de apoyo de las autoridades locales, pues ya radicaba en la heroica ciudad. Esta difícil situación fue ratificada por las declaraciones ofrecidas por los vecinos de la parte interesada.
Veamos los argumentos brindados por María Natividad en su petitorio ante a autoridad judicial local:
“Al juez de Primera Instancia
Doña Maria Natividad de Siles y Antequera, del modo mas conforme en Derecho, ante justificacion de U. me presento y digo: Que tengo que reclamar en juicio varias acciones y derechos y no puedo entablar la demanda ni tengo como continuarla por falta de recursos, pues lo poco que tengo y lo que me produce una pequeña arte de la hacienda de viña del valle de Sinto, tasadamente alcanza para la mantencion de ni persona y para sostener a mi familia, siendo muchas veces escasa y apurada mi subsistencia. En este lance el único remedio que me queda para que mi derecho no peresca, es obtener el beneficio de pobreza y para que se sirva U. declararla y yo pueda gozara de él, pido que con las citaciones de Ley y de unos de los Sindicos en defecto de parte legitima, se me reciba una Informacion de testigos, sobre si es cierto que la escasa entrada que disfruto como la viuda de Don Francisco Antonio de Zela apenas alcanza para mantener a mis hijos y familia, sin que cuente sin sobrante para otros gastos, y que mis enfermedades abituales y la imposibilidad ficica a que me hallo reducida por mis notorios males de años atrás que no me permiten siquiera andar y me tienen sujeta constantemente en la cama ocasionándome gastos crecidos en mi curación sin esperanza de alivio ni de mejorarme, me han constituydo en un estado de pobreza notoria, y que todo el mundo conoce. Evacuada la Informacion como solicito, se me declarara por tal pobre, franqueandoseme el correspondiente certificado para hacer uso del beneficio. Por tanto.-
A U. pido y suplico se sirva decretar en los términos que llevo pedido por ser de justicia.
Tacna Setiembre 9 de 1847.”
(Se ha respetado la redacción original)
En la oposición dada por el hijo del cacique que fue Toribio Ara, José Rosa, sugiere que María Natividad tendría tres propiedades en el interior de la hacienda Sinto, y que por arrendamiento de una de ellas percibe 650 pesos anuales, y que de las dos restantes “le deben pagar el duplo”. Asimismo señala que en “esta ciudad [Tacna] tiene un citio de su propiedad de mas de 30 baras de frente, ubicado en barrio del Callao”. Además – añade José Rosa – se le paga por el tesoro publico 30 pesos mensuales en razón de Biuda de Don Francisco Antonio de Zela”. (Se ha respetado la redacción original).
María de Siles, la abnegada y sufrida compañera de Zela, en último análisis histórico, soportó con estoicismo, el estructural abandono no sólo de las autoridades republicanas, ya en épocas de iniciación del sistema liberal sino también cuando el Perú vivía una época de bonanza, debido al ciclo del guanero; sino también de las propias autoridades locales; tal como ocurrió con otras personalidades que ofrendaron su vida como Toribia Ara, de quien dijo Rómulo Cúneo-Vidal estas conceptuosas palabras: ”mujer admirable que debemos tomarla como el prototipo de valentía, altivez y patriotismo. No hay una sola mujer en la historia de Tacna que haya reunido como ella dotes tan admirables. Fue sincera adicta a la causa emancipadora. Logró dominar las in-certidumbres de su esposo [Manuel Calderón de la Barca] y darle apoyo moral en sus desgracias y decaimientos. Cuando Calderón de la Barca se refiere a ella, dice: "que es la esposa más abnegada, cuyo amor a la Patria ha sobrepasado al de cualquier otra mujer".”
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